A vueltas con la bandera…Que no; envuelta con la bandera...
Aunque... bien mirado... con la ambientación adecuada, hasta podría tener su punto erótico festivo... ¿Os imagináis lo excitante que puede llegar a ser provocar a un monárquico hasta el punto de que te la arranque?.... Del cuerpo, claro, que no de la cabeza. Para eso hacen falta argumentos mucho más sólidos... ¡¡Upss!!... ¿Por qué habré dicho yo eso?... Cielos, la primavera está cerca... Sorry.
¡Al grano!... Estooooo... Quiero decir al asunto central de este post... Uuusssshhh...

Hace unos días mantuve un diálogo... interruptus... Sobre si la bandera tricolor que hay a la derecha de mi blog, la republicana, es legal o no. Yo dije que era legal, pero no oficial y, como parece que no convencí, he decidido ampliar mis argumentos. Máxime cuando amenazan contraatacar con la del "aguilucho"... Esa sí que es ilegal, y también pienso argumentarlo.Veamos:
La historia de la bandera tricolor responde a un sentimiento esencialmente popular. La adaptación durante el Trienio Liberal del viejo pendón comunero, la voluntad del pueblo fue la encargada de llevarla a los mástiles oficiales de la 2ª República en un arranque improvisado de diferenciar al nuevo régimen que comenzaba tras las votaciones del 12 de abril en sus símbolos más necesarios.
La unión del rojo, el amarillo y el morado en tres franjas de igual tamaño se hace oficial en el decreto de 27 de abril de 1931 y fue refrendada con la elevación a artículo en la Constitución Republicana de 9 de diciembre de ese mismo año. En dicho decreto se aclaró la inclusión del color castellano a los tradicionales catalano-aragoneses... Pero bueno, todos sabemos que ocurrió con ella a raíz del alzamiento del 18 de julio de 1936. No creo necesario haceros memoria. El caso es que fue sustituida por la bicolor con el águila imperial.
Durante 40 años sí que fue ilegal... Pero por la sencilla razón de que era ilegal todo lo que no fuesen ellos y sus símbolos. Tenían argumentos de "peso" para convencerte de ello... doy fe.
Transcurridas estas cuatro grises décadas y con la aprobación de la Constitución del 6 de diciembre de 1978, muchos símbolos de distinta índole, que acumulaban polvo escondidos en las bohardillas, volvieron a ser legales. Unos recuperaron el rango de oficiales, otros sólo alcanzaron la legalidad civil. Pero legalidad al fin y al cabo. Este, y no otro, es el puesto que ocupa en la actualidad la bandera republicana. Y es que:
Exhibir banderas republicanas está amparado por los artículos de la Constitución que consagran la libertad ideológica y la libertad de expresión, según una sentencia de la Sección Novena de la Sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La sentencia, fechada el 15 de diciembre de 2003 y notificada el 14 de enero de 2004 a las partes, da la razón a IU, que denunció una resolución del Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid), gobernado por el PP, que ordenó retirar la enseña tricolor de un chiringuito montado por la coalición de izquierdas durante las fiestas patronales de julio de 2002.
Tras explicar que la coalición es una "formación política legalmente constituida y que respeta los valores democráticos, si bien es un movimiento social que propugna desde los mencionados valores democráticos la consecución de un estado de derecho federal y republicano", la sentencia señala que la citada prohibición de la bandera republicana dictada por el Ayuntamiento de Torrellodones "vulnera el derecho de IU a expresar y difundir libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, derecho reconocido en la Constitución, más aún cuando dicha expresión se realizaba de forma pacífica y respetuosa".
Cierto es que la bandera republicana ya no es la bandera oficial del Estado español, y por tanto no debe usarse en actos oficiales o en instituciones como si lo fuera, pero esto no significa que dicha bandera no pueda usarse en otros contextos, por ejemplo en una caseta de feria, en el balcón de una casa o paseándola por la calle, como se hace con los escudos de equipos de futbol o insignias políticas, que serán oficiales únicamente en sus sedes, pero a su vez, es perfectamente legal exhibirlas de forma particular.
La Constitución de 1978, además de instituir una monarquía parlamentaria (art. 1.3 CE) también nos garantizó la libertad ideológica (art. 16.1 CE) y la de los partidos (art. 6 CE), y por tanto garantiza el derecho a ser republican@, a expresarlo (art. 20.1.a) y a militar en partidos republicanos. Sintiéndose perfectamente amparado por nuestra Carta Magna, y dentro de la más absoluta legalidad.
Por el contrario, la bandera bicolor, adornada con el águila imperial en el centro, sabemos que es representativa de la ideología fascista en estado puro, además de la etapa más dura de nuestro país.
La simbología fascista, tanto en banderas u otras formas, sí que es ilegal. Y lo es porque no les protegen los artículos y leyes referentes a la libertad ideológica o de expresión, sino todo lo contrario. Según un formalismo tan puro como absurdo, igual que es legal la ideología, expresión y militancia republicana debería serlo también la fascista. Pero esto no es así por una razón material, es decir, de contenidos: los fines republicanos y sus medios no tienen nada que ver con los fascistas.
Mientras que el republicanismo aspira a la democracia, la libertad y la paz, el fascismo es la negación absoluta de estos conceptos.
La experiencia histórica del nazismo en Alemania, Mussolini en Italia o Franco en nuestro país es prueba de que el fascismo, en sus diferentes manifestaciones, y según grados, significa anulación del pluralismo político y la democracia, represión política de los demás partidos e ideologías, uso sistemático de la violencia, exclusión sociopolítica (y eliminación física incluso) por motivos de raza, etnia, ideológicos o de capacidad física o psíquica.
Dado que la Constitución de 1978 establece "como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político" (art. 1.1 CE) cualquier forma de fascismo es inconstitucional e ilegal precisamente por ir en contra del primero de los artículos de la propia Constitución.
De este modo, el derecho a la libertad de expresión, por ejemplo, está limitado por el derecho a la seguridad, al honor, a la vida y a la integridad física, derechos que son reiteradamente violados por el fascismo cuando enarbola banderas referentes a contenidos racistas, xenófobos, homófobos o que exaltan periodos de la historia en los que se asesinaba a personas por sus ideas políticas.
Por ello son ilegales, cualquier forma de esvástica, el águila imperial en nuestra bandera, las tres Ks, distintivas del ku-klux-klan, o la ikurriña acompañada de cualquier distintivo etarra... todo ello es tomado como exaltación de las ideas que promueve, ampara, o defiende.
Ello no quita para que en la historia de la bandera republicana, como en la historia de cualquier bandera de cualquier país o movimiento, existan episodios revestidos de sangre. Es inevitable, parece que las masas humanas no somos capaces de hacer las cosas de otra manera, pero seamos sinceros, eso no es lo que defiende el pensamiento republicano... ¿Ok?
Je je je... a buen entendedor....
Bueno, chic@s, y hasta aquí mi exposición... es que los findes, me dan muy trascendentales... Me vuelvo a envolver con mi bandera tricolor... ¿Alguien dispuest@ a quitármela?... reconozco que sería una forma de darle diversión al finde... jejejeje....













lascosasdepepe dijo
la que me gusta la blanca.
un abrazo y disfruta del finde.
19 Febrero 2010 | 06:54 PM